Sentencia N° 479 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00479, Exp. 2024-0054, 04/07/2024
Expediente2024-0054
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-10-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Precisión en Ejecutoria de Ingeniería, C.A. contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2015-0745, que había confirmado reparos fiscales. La decisión se fundamentó en la falta de notificación adecuada y la imposibilidad de la administración tributaria de presentar el expediente administrativo correspondiente, lo que vulneró el derecho a la defensa de la contribuyente. Se ordenó la remisión del expediente administrativo para su revisión.

Extracto de la motiva

motiva en el incumplimiento de requisitos legales, concretamente en que no se trata de un nuevo activo fijo, destinado al aumento efectivo de la capacidad productiva y que no haya sido utilizado en otras empresas. RESOLUCIÓN SUMARIO ADMINISTRATIVO SNAT/INTI/ GRTICERC/DSA-R-2012-018 (…Omissis…) II.1.- Ingresos Provenientes de Construcciones de Obras no Declarados en el Ejercicio Fiscal Investigado. La determinación de oficio efectuada por la fiscalización, a partir de la incorporación de la diferencia de Bs. 37.385.387,17, a los ingresos brutos del ejercicio fiscal 2007, está viciada de ilegalidad al no haber considerado correctamente en dicha determinación los costos vinculados y necesarios para la obtención de tales ingresos brutos. En tal sentido, según se lee en el (…) Acta de Reparo, la información relativa a los costos totales previstos por la empresa para cada una de las obras de construcción que se iniciaron dentro de los ejercicios fiscales 2006 y 2007, no fue recibida por la actuación fiscal. (…Omissis…) (…) la fiscalización únicamente calculó como costo la suma de Bs. 970.342,52, contrariando lo establecido en el artículo 38 del Reglamento, según el cual el costo presuntivo de las obras es igual al 60% del precio pactado por ellas, que en nuestro caso sería la cantidad de Bs. 38.355.729,69 determinada por la fiscalización. De tal manera que al contrariar lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta, la determinación efectuada por la fiscalización en este caso, está viciada de nulidad (…) II.2.- Ingresos registrados en los Estados de Cuenta Bancaria No Declarados. La actuación fiscal ‘depuro’ los movimientos reflejados en el haber de los estados de cuentas bancarios de Precinca, que en su criterio no IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 18 de 32 poseen ninguna demostración numérica, justificación razonable y/o descifrable, ni documentación que sustente su procedencia y determinó la cantidad de B

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil PRECISIÓN EN EJECUTORIA DE INGENIERÍA, C.A (PRECINCA), contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2015-0745.

Palabras clave

Contencioso TributarioSENIATPrecisión en Ejecutoria de Ingenieríarecurso contencioso tributario

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