La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con un recurso de nulidad interpuesto por Julio César León contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declarado su incompetencia y remitido el caso a esta Sala para decidir sobre la regulación de competencia. La Sala determinó que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes conocer del recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
Es criterio de este Máximo Tribunal que corresponde a los órganos jurisdiccionales contencioso administrativos, particularmente en primera instancia a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, el conocimiento de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos dictados por las Inspectorías del Trabajo, razón por la cual esta Sala, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Providencia Administrativa N° 16 de fecha 1° de febrero de 2001, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, que declaró con lugar la calificación de despido solicitada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO TÁCHIRA, representada por el ciudadano Juan de Jesús Barreto Pastrán, ya identificado; siendo procedente declarar competente para conocer del caso al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN LOS ANDES, el cual deberá pasar a dictar sentencia, en vista del grado y estado en que se encuentra la causa. Así se decide.
Dispositiva
Conforme a los razonamientos previamente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado en el presente caso. 2. Que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano Julio César León, asistido por la abogada Dalila de Caires Jiménez, contra la Providencia Administrativa N° 16 de fecha 1° de febrero de 2001, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, que declaró con lugar la calificación de despido solicitada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO TÁCHIRA, representada por el ciudadano Juan de Jesús Barreto Pastrán, todos identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado declarado competente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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