La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de acumulación de dos causas interpuestas por SIDOR, C.A. por incumplimiento contractual y ejecución de fianzas. Se argumentó que ambas causas guardan relación y se tramitan ante el mismo tribunal, lo que justifica la acumulación para evitar fallos contradictorios y optimizar el proceso judicial. La Sala declaró procedente la acumulación, ordenando que la causa de autos se acumule a la que cursa en el expediente N° 2014-0901, suspendiendo su tramitación hasta que se decida sobre los defectos del procedimiento alegados en la audiencia preliminar.
Extracto de la motiva
La figura de la acumulación obedece a la necesidad de evitar que eventualmente se dicten fallos contradictorios en causas que guardan relación entre sí. Asimismo, como se ha indicado en decisiones anteriores, la acumulación tiene también por finalidad, influir positivamente en la celeridad procesal, ahorrando tiempo y recursos al decidir en una sola sentencia asuntos que no tendrían por qué ventilarse en procesos diferentes. (Vid., sentencia de esta Sala N° 00928 del 31 de julio de 2013). Al respecto, se advierte que la demanda por 'Incumplimiento Contractual y Ejecución de Fianzas de Anticipo y de Fiel Cumplimiento' con solicitud de medida 'preventiva de embargo y/o prohibición de enajenar y gravar' bajo examen (expediente N° 2013-1666), ha sido interpuesta por la representación de la sociedad mercantil Sidor, C.A., contra las sociedades de comercio Equipamientos Europeos 2005, S.A. y Universitas de Seguros, C.A., en virtud del presunto incumplimiento de la 'Orden de Venta N° EX2781', de fecha 1° de enero de 2012, cuyo objeto era el suministro por parte de la accionada de '45.000 Toneladas de Hierro de Reducción Directa (H.R.D)'. Por otra parte, cursa ante esta Sala el expediente N° 2014-0901, en el cual se tramita igualmente una acción por 'Incumplimiento Contractual y Ejecución de Fianzas de Anticipo y de Fiel Cumplimiento' con petición de medida 'preventiva de embargo y/o prohibición de enajenar y gravar' incoada por la accionante de autos (Sidor, C.A), contra las mismas empresas que están siendo demandadas en la presente causa (Equipamientos Europeos 2005, S.A. y Universitas de Seguros, C.A.); con ocasión a la supuesta falta de cumplimiento de otras obligaciones que también se derivan de la orden de venta descrita supra.
Dispositiva
1. PROCEDENTE la solicitud de ACUMULACIÓN planteada por la representación judicial de la sociedad mercantil SIDOR, C.A. 2. Se ORDENA ACUMULAR la presente causa (2013-1666), a la que cursa en el expediente N° 2014-0901, cuya tramitación se SUSPENDE hasta tanto el caso de autos se encuentre en estado de que se decida acerca de los defectos del procedimiento alegados en la audiencia preliminar, debiendo posteriormente continuar en un mismo proceso los asuntos judiciales acumulados.
Palabras clave
acumulaciónincumplimiento contractualejecución de fianzas