La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la oposición formulada por la sociedad mercantil Oro Rojo, C.A. contra las medidas cautelares decretadas en la decisión Nro. 00330 del 27 de abril de 2023. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa de la empresa demandada, permitiendo que la oposición se tramite a partir de la ejecución de las medidas cautelares. La sentencia destaca la importancia de la seguridad alimentaria y la protección de la inversión nacional en el contexto de la controversia contractual entre el Estado y la empresa privada.
Extracto de la motiva
Determinado lo precedente, este Alto Tribunal a fin de garantizar el derecho a la defensa de la sociedad mercantil Oro Rojo, C.A., afectada por las medidas cautelares decretadas en la decisión Nro. 00330 del 27 de abril de 2023, las cuales aún no ha sido ejecutadas, admite, la oposición formulada por la representación judicial de la prenombrada empresa y en consecuencia, acuerda darle curso a partir del momento de la ejecución de las medidas cautelares in commento, conforme al trámite previsto para dicha incidencia en el precitado artículo 602 del Código de Procedimiento Civil. (Vid., sentencia de esta Sala Nro. 00144 del 25 de febrero de 2015). Así se decide.
Dispositiva
ADMITE la oposición formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil ORO ROJO, C.A., contra las medidas decretadas mediante sentencia Nro. 00330 del 27 de abril de 2023 y en consecuencia, ACUERDA darle curso a partir del tercer día siguiente a la ejecución de la referida medida, conforme al trámite previsto para dicha incidencia en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
medidas cautelaresresolución de contratoOro Rojo, C.A.Ministerio del Poder Popular para la Alimentación