Sentencia N° 475 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00475, Exp. 2011-0168, 09/05/2017
Expediente2011-0168
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-05-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia Nro. 00716, declaró con lugar la demanda por abstención interpuesta por Juan Pablo Peña Mejías contra el Ministro del Poder Popular para la Defensa. Se ordenó al Ministro dar respuesta al recurso de reconsideración presentado por el demandante en un plazo de sesenta días hábiles, a partir de la notificación de la sentencia. Además, se declaró improcedente la solicitud de sanción contra el Ministro según la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

El 23 de febrero de 2017, el apoderado judicial del ciudadano Juan Pablo Peña Mejías, antes identificado, pidió a este Máximo Tribunal que efectuara el “(…) cómputo del tiempo transcurrido desde que consta en autos la última de las notificaciones [ordenadas en la decisión Nro. 00716 dictada el 19 de julio de 2016 por este órgano jurisdiccional] (…) a los fines de verificar si el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa cumplió o no el tiempo indicado y ordenado por esta Sala (…)” (agregado de este fallo) (vid., folio 242 del expediente judicial). En ese sentido, siendo que efectivamente de las actas se evidencia que en fechas 20 y 25 de octubre, y 2 de noviembre de 2016, el Alguacil consignó los acuses de recibo de las notificaciones practicadas a la parte actora, al Ministerio demandado y a la Procuraduría General de la República, respectivamente (vid, folios 234, 236, y 239 del expediente judicial), se acuerda oficiar al Ministro del Poder Popular para la Defensa a los fines de que informe a este órgano jurisdiccional sobre el cumplimiento del fallo en cuestión, toda vez que de los autos no se constata documentación alguna que corrobore lo allí ordenado, esto es, que se le haya dado respuesta al recurso de reconsideración incoado por el demandante en fecha 1° de julio de 2010, contra la Resolución Nro. 013872 del 8 de abril de 2010, mediante la cual dicho ciudadano fue pasado a situación de retiro. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA oficiar al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA a los fines de que informe a este órgano jurisdiccional sobre el cumplimiento de la sentencia Nro. 00716 emitida el 19 de julio de 2016. A tal efecto, deberá remitir copia certificada de las actuaciones pertinentes, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación del presente fallo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

abstenciónreconsideracióndefensajurisdicciónsentencia

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