Sentencia N° 474 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de mayo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00474, Exp. 2002-0197, 12/05/2004
Expediente2002-0197
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-11
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 873 del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario. Se revoca parcialmente la desaplicación del artículo 28 de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, manteniendo firme la parte restante de la sentencia apelada. La decisión se fundamenta en la interpretación de los requisitos formales de las facturas y su relación con el derecho a deducir créditos fiscales.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que el a quo determinó la improcedencia de la deducción de los créditos fiscales por faltar en las facturas que los sustentan el tipo de cambio aplicable para la equivalencia en moneda nacional del precio fijado en moneda extranjera, con base en que tal hecho quebranta el principio de la capacidad económica, así como el de la progresividad. Adicionalmente, declaró que la contribuyente no perdió el derecho a deducir los créditos fiscales provenientes de tales facturas, derivado del análisis de las pruebas aportadas por la contribuyente, consistentes en una certificación emanada de un proveedor de la sociedad contribuyente y de las facturas originales, donde se demostró que las transacciones fueron elaboradas a un tipo de cambio equivalente a ciento setenta bolívares (Bs. 170,00) por dólar y que el impuesto por dichas adquisiciones fue pagado en su oportunidad.

Dispositiva

Por las consideraciones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de diciembre de 2001, por la abogada Graciela Maldonado, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, en los términos expuestos en la presente decisión. 2.- REVOCA PARCIALMENTE la sentencia N° 873 de fecha 11 de junio de 2001, dictada por el Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en lo atinente a la desaplicación del artículo 28 de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor. En consecuencia, queda FIRME la parte restante de la misma.

Palabras clave

créditos fiscalesimpuesto al consumoventas al mayorcapacidad contributivasanciones tributariascontrol difusoderecho tributario

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca