La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, confirma la decisión del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIO AVILAB, C.A. contra la Resolución del SENIAT que había declarado improcedente la compensación de créditos fiscales. La Sala argumenta que la contribuyente presentó pruebas suficientes que demuestran la existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales opuestos en compensación, lo que justifica la procedencia de la misma. Además, se establece que la Administración Tributaria no cumplió con su deber de verificar la existencia de los créditos fiscales, lo que llevó a la nulidad de la resolución impugnada.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la compensación es un medio de extinción de obligaciones tributarias que opera de pleno derecho, siempre que se cumplan los requisitos de existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales. En este caso, se concluye que la contribuyente cumplió con dichos requisitos al presentar la documentación necesaria que respalda sus créditos fiscales. La Sala también resalta que la Administración Tributaria tiene la obligación de verificar la existencia de los créditos fiscales y que su falta de acción en este sentido constituye un vicio que afecta la resolución impugnada. Por lo tanto, se confirma la decisión del Tribunal de instancia que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIO AVILAB, C.A.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la Sentencia No. 1.718 dictada el 4 de junio de 2010, por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio LABORATORIO AVILAB, C.A., la cual se CONFIRMA. NO PROCEDE la condenatoria de costas procesales contra el Fisco Nacional.
Palabras clave
compensacióncréditos fiscalesSENIATTribunal Supremo de Justicia