Sentencia N° 470 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de abril de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00470, Exp. 2007-0923, 16/04/2008
Expediente2007-0923
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-04-15
DecisiónHOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento presentado por la apoderada judicial de la empresa BENEFICIADORA INDUSTRIAL CALABOZO C.A. en relación a una demanda por indemnización de daños materiales y morales contra el MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA. La abogada Anabella Aragort solicitó el desistimiento del procedimiento, lo cual fue aceptado por la Sala al verificar que se cumplían los requisitos legales para ello.

Extracto de la motiva

En el presente caso, aprecia la Sala que la abogada Anabella Aragort, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa BENEFICIADORA INDUSTRIAL CALABOZO C.A. (BENEINCA, C.A.), manifestó expresamente la voluntad de su representada para desistir del procedimiento judicial, para lo cual se encuentra plenamente facultada conforme se evidencia del original del documento poder que cursa al folio 147 del expediente judicial, con lo cual se constata su capacidad para desistir. Ello así, visto que el referido desistimiento se efectuó antes de la contestación de la demanda -razón por la cual no era necesario el consentimiento de la otra parte-, no es contrario al orden público ni se encuentra expresamente prohibido por la Ley, y verificada la facultad de la apoderada judicial, según se desprende del poder cuyo original cursa en autos, debe la Sala declarar homologado el desistimiento del procedimiento, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento presentado con ocasión de la demanda por indemnización de daños materiales y morales incoada por la empresa BENEFICIADORA INDUSTRIAL CALABOZO C.A. (BENEINCA, C.A.) contra el MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.

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