Sentencia N° 470 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00470, Exp. 2006-0121, 22/02/2006
Expediente2006-0121
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-02-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Corte Segunda se había declarado incompetente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la abogada Maurelia María Rigal Núñez, actuando en representación del ciudadano Benigno Horacio Moreno Miranda, contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Nueva Esparta.

Extracto de la motiva

Es criterio de este Máximo Tribunal que corresponde a los Órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, particularmente en primera instancia a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, el conocimiento de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos dictados por las Inspectorías del Trabajo, razón por la cual esta Sala, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa S/N de fecha 27 de noviembre de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el Arnoldo Cogorno, ya identificado, contra la Corporación de Salud del Estado Nueva Esparta; siendo procedente declarar competente para conocer del caso al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL. Así se decide.

Dispositiva

1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado en el presente caso. 2. Que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Maurelia María Rigal Núñez, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano BENIGNO HORACIO MORENO MIRANDA, Presidente de la Corporación de Salud del Estado Nueva Esparta, contra la Providencia Administrativa S/N de fecha 27 de noviembre de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano Arnoldo Cogorno, todos identificados, contra la referida Corporación.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadjurisdicción contencioso-administrativaInspectoría del Trabajosalarios caídosreenganche

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca