La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto de la apelación interpuesta por la representación de la República contra la sentencia interlocutoria N° 347, que había declarado con lugar la acción de amparo constitucional y la suspensión de efectos de una certificación emitida por la Administración Tributaria. La decisión se basa en que se emitió una sentencia definitiva en el juicio principal, lo que hace que la apelación carezca de objeto. La sentencia definitiva N° 433, dictada el 15 de diciembre de 1993, declaró que no hay materia sobre la cual decidir, siendo esta decisión firme y archivándose el expediente en 1999.
Extracto de la motiva
Así tenemos que, al haberse dictado sentencia definitiva en el juicio principal, la Sala concluye que en el caso sub examine ha decaído el objeto del recurso de apelación interpuesto por la representación de la República Bolivariana de Venezuela, contra la sentencia interlocutoria Nº 347, de fecha 23 de mayo de 1991, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy del Área Metropolitana de Caracas), mediante la cual, se resolvió la incidencia que se produjo en la presente causa. Así se decide.
Dispositiva
Declara el decaimiento del objeto de la apelación de la sentencia interlocutoria N° 347 del 23 de mayo de 1991, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario.