Sentencia N° 47 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00047, Exp. 2005-5594, 11/01/2006
Expediente2005-5594
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-01-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales contenciosos tributarios. El caso se originó a raíz de un recurso contencioso tributario interpuesto por Rubén Jesús Villavicencio Navarro, en representación de la sociedad mercantil ENCOMA, C.A., contra una resolución del INCE. La Sala determinó que la competencia para conocer del recurso corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, debido a la ubicación del domicilio fiscal del recurrente.

Extracto de la motiva

La presente causa remitida a esta Máxima Instancia, se circunscribe a determinar cuál es el órgano jurisdiccional competente para conocer de un recurso contencioso tributario ejercido contra la resolución emanada de la Presidencia del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la resolución culminatoria del sumario administrativo expedida a cargo de la aportante, antes identificada, que ratificó el reparo y las multas impuestas. En tal sentido, como quiera que el conflicto de competencia planteado involucra a dos tribunales de igual jerarquía, competentes ambos en materia contencioso-tributaria, pero pertenecientes a distintas regiones judiciales, es menester para la Sala aludir a los criterios atributivos de competencia en razón del territorio, que sean aplicables en materia fiscal. En este orden de ideas, siendo que el aporte patronal creado a favor del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) en el artículo 10 de la Ley que rige sus funciones, es por antonomasia una contribución especial, es necesario remitirse al análisis de las normas contenidas en el Código Orgánico Tributario vigente, por disposición expresa de su artículo 12.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, con competencia en los Estados Lara, Portuguesa, Falcón y Yaracuy, la COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso tributario que incoara el ciudadano Rubén Jesús Villavicencio Navarro, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil ENCOMA, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Tribunal declarado competente y copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso contencioso tributarioINCEdomicilio fiscalTribunal SuperiorCódigo Orgánico Tributariocontribución especial

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