Sentencia N° 468 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de julio de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00468, Exp. 2019-0150, 17/07/2019
Expediente2019-0150
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-07-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta obligatoria de la sentencia número 2016-000411, que declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad interpuesta por LABORATORIOS VARGAS, S.A. contra un acto administrativo de CADIVI que negó la autorización de liquidación de divisas. La Corte constató que la negativa se debió a una discrepancia en los códigos arancelarios, atribuible a la falta de actualización del sistema de CADIVI, lo que generó un vicio de falso supuesto de hecho. En consecuencia, se confirmó la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y se ordenó a CADIVI revisar la solicitud de liquidación de divisas.

Extracto de la motiva

Del análisis del acto administrativo impugnado, se observa que la Administración Cambiaria sustentó la decisión de confirmar la negativa de la solicitud de Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) Nº 17444539, por haber comprobado que supuestamente no existía una correlación entre el código solicitado en la planilla de Registro de Usuario para Importación (RUSAD) con el código Arancelario de nacionalización, infringiendo así lo establecido en el artículo 21 de la Providencia Nº 108, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.794 de fecha 23 de septiembre de 2011, parcialmente reformada por la Providencia Nº 119 publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.259 de fecha 26 de septiembre de 2013, en la cual se establecen los requisitos y el trámite para la autorización de liquidación de divisas destinadas a las importaciones. Ello así, esta Corte observa de las actas que conforman el expediente judicial, que la sociedad Mercantil Laboratorios Vargas, S.A. solicitó en fecha 17 de octubre de 2013, autorización de adquisición de divisas para importación (AAD) Nº 117444539, mediante planilla de Registro de Usuario para Importación (RUSAD), concerniente a la descripción del bien importado, como ‘(…) Butylcopolamina butilbromuro de hioscina (…)’ con código arancelario ‘(…) 2939.99.90 (…)’ cincuenta (50) kilogramos, (…); que arroja la cantidad total de ciento veinticinco mil dólares americanos ($ 125.000,00), monto reclamado en la presente demanda (Vid folios 24 al 25 del expediente judicial). Igualmente, consta al folio 42 del expediente judicial, planilla de ‘(…) Declaración del Valor en Aduana (…)’ en la cual se refleja factura comercial Nº 491 de fecha 7 de noviembre de 2013, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), evidenciándose como ‘(…) Arancel Nacional (…)’ el código ‘(…) 29399911 (…)’, correspondiente a la mercancía ‘(…) Bromuro de N-butilescopolamonio. BUTYLSCOPOLAMINE (…)’; las aludidas documentales, esta Corte les confiere valor probatorio, al no haber sido impugnadas en la oportunidad procesal correspondiente, de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Se confirma la sentencia número 2016-000411 de fecha 3 de agosto de 2016, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró parcialmente con lugar la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS VARGAS, S.A., contra la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico PRE-CJ-025806 de fecha 10 de septiembre de 2014, dictada por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).

Palabras clave

NulidadCADIVILiquidación de DivisasLaboratorios Vargas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca