La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Per Sempre Bella, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. 6220 del 11 de marzo de 2008. La sentencia de primera instancia había declarado con lugar el recurso, argumentando que la providencia administrativa que impuso la sanción no cumplía con los requisitos formales establecidos por la ley, lo que llevó a la nulidad de dicha providencia y de las actuaciones fiscales subsiguientes.
En la apelación, el Fisco Nacional argumentó que la providencia cumplía con los requisitos legales, pero la Sala confirmó el fallo de primera instancia, señalando que la providencia carecía de las formalidades necesarias, lo que justificaba su nulidad. La Sala también destacó que la falta de cumplimiento de los requisitos formales en la providencia administrativa afectaba la validez de las sanciones impuestas.
Finalmente, la Sala declaró sin lugar la apelación del Fisco Nacional y confirmó la decisión de primera instancia, anulando la Resolución de Imposición de Sanción y las planillas de liquidación asociadas.
Extracto de la motiva
La Sala constata que la mencionada Providencia Administrativa carece de las formalidades o requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para la validez de los actos administrativos, en concordancia con lo establecido en el Parágrafo Único del artículo 172 del Código Orgánico Tributario de 2001, los cuales son de estricto cumplimiento para los órganos de la Administración Pública y su inobservancia podría ser sancionada con la nulidad del acto. (Vid. sentencias Nros. 00568 de fecha 16 de junio de 2010, 00786 del 28 de julio de 2010, 00438 del 6 de abril de 2011, 01625 del 30 de noviembre de 2011, 00121 del 29 de febrero de 2012, 00316 del 18 de abril de 2012 y 01060 del 26 de septiembre de 2013 casos: Licorería El Imperio; Bar y Restaurant el Padrino; Vanscopy, C.A.; Inmobiliaria Data House, C.A.; Asociación Civil Centre Catalá de Caracas; Víveres y Licores La Salle, C.A.; y Agencia de Loterías La Hechicera, C.A., respectivamente).
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. PJ008201300054 dictada el 26 de abril de 2013 por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA.
2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. 6220 dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) el 27 de marzo de 2008, acto administrativo que se ANULA así como sus respectivas Planillas de Liquidación.
Palabras clave
Contencioso TributarioSanciónProvidencia Administrativa