Sentencia N° 467 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de mayo de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00467, Exp. 2012-0314, 08/05/2012
Expediente2012-0314
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-05-08
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Luisa Amelia Irureta Núñez de Dobson contra una sentencia que declaró sin lugar un recurso de nulidad. Se determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación dentro del lapso establecido, lo que llevó a la Sala a declarar el desistimiento del recurso. La decisión apelada queda firme.

Extracto de la motiva

La norma citada establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que exponga las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de comparecencia de la parte apelante el desistimiento tácito del recurso. En el presente caso se desprende del cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala el 29 de marzo de 2012, que desde el día que se dio cuenta del ingreso del expediente, exclusive, hasta que venció el lapso establecido en el auto del 6 de marzo de 2012, inclusive, transcurrieron diez (10) días de despacho (07, 08, 13, 14, 15, 20, 21, 22, 27 y 28 de marzo de 2012), sin que la representación judicial de la parte apelante consignara el correspondiente escrito.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la ciudadana LUISA AMELIA IRURETA NUÑEZ de DOBSON, contra la sentencia N° 2009-01315 de fecha 28 de julio de 2009, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de nulidad que incoó contra la Resolución N° 2004-1591 de fecha 27 de mayo de 2004, dictada por el CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra el acto administrativo contenido en el oficio identificado 35-DRyC/DJyE-0669-03 de fecha 12 de diciembre de 2003, emitido por la Dirección de Recursos Humanos de esa universidad, por el que se negó la solicitud de recálculo de sus prestaciones sociales. En consecuencia, queda FIRME dicha decisión.

Palabras clave

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