La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. El caso se originó a raíz de un recurso de nulidad interpuesto por Ángel Giovanny Peroza, en su calidad de Presidente de la sociedad mercantil El Cují Transur, C.A., contra un acto administrativo de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Lara. La Corte Segunda se declaró incompetente y remitió el caso a la Sala Político-Administrativa para la regulación de competencia.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, conforme a la normativa vigente, la competencia para conocer de los recursos contenciosos administrativos que se interpongan contra actos de las Inspectorías del Trabajo corresponde a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales. En este sentido, se ha planteado un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, lo que obliga a esta Sala a pronunciarse sobre la materia. La Sala, al analizar el caso, concluye que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental es el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ángel Giovanny Peroza, en virtud de que se ha ejercido un recurso de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Providencia Administrativa N° 806 del 06 de noviembre de 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Lara.
Dispositiva
Con fundamento en los argumentos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ángel Giovanny Peroza, actuando en su condición de Presidente de la sociedad mercantil EL CUJÍ TRANSUR, C.A., debidamente asistido por el abogado Iván José Cubillán B., todos identificados supra, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 806 del 06 de noviembre de 2003, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN ESTADO LARA, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos formulada por el ciudadano Esteban Rodríguez contra la referida sociedad mercantil.
Palabras clave
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