La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Gershon Holander Blaicher contra la Resolución N° 2730 del 18 de noviembre de 1993, que declaró la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial N° 371. La Sala argumentó que el acto impugnado se encontraba ajustado a la normativa aplicable, dado que la denominación comercial 'EL AL' (diseño) estaba incurso en disposiciones prohibitivas de registro según la Ley de Propiedad Industrial.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el acto recurrido señaló las razones para declarar la “nulidad absoluta” del acto administrativo contenido en el Registro de la Propiedad Industrial N° 371 de fecha 9 de abril de 1986. De modo que no puede alegarse la carencia de fundamentación del acto impugnado, más aun, cuando la parte recurrente alegó en su escrito recursivo las razones por las cuales consideró que los fundamentos de hecho del acto recurrido no son veraces; demostrando con tales alegatos que sí pudo conocer los motivos por los cuales fue declarado con lugar el recurso jerárquico. A los efectos, una cosa es la carencia de motivación, que ocurre cuando el acto se encuentra desprovisto de fundamentación y otra, la motivación falsa o errónea. Es por ello, que la jurisprudencia ha señalado que tales vicios no pueden coexistir, por cuanto si se denuncia el vicio de falso supuesto, es porque se conocen las razones por las cuales se dicta un acto, por lo que resultan incompatibles ambas denuncias.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso de nulidad interpuesto, por el ciudadano GERSHON HOLANDER BLAICHER, asistido por el abogado Fernando Enrique Melena Medina, contra el acto administrativo de efectos particulares, que declaró la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial N° 371, publicado en el Boletín del Registro de la Propiedad Industrial N° 315 de fecha 30 de mayo de 1986, en lo que atañe a la concesión del registro de la denominación ‘EL AL’ (diseño) y del certificado de registro N° 21.451 de fecha 13 de enero de 1987.
Palabras clave
recurso contencioso administrativonulidaddenominación comercialLey de Propiedad Industrialmarcaconfusiónactos administrativos