Sentencia N° 463 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de mayo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00463, Exp. 2023-0087, 25/05/2023
Expediente2023-0087
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2023-05-25
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la abogada Miriam Contreras, en representación de la Asociación Civil U.E.P. Colegio Claret, contra la sentencia que declaró inadmisible la demanda por abstención presentada contra la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE). La apelación fue desestimada al considerar que no se cumplió con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, específicamente en relación a la falta de pruebas que acrediten la reiteración de la petición ante la administración pública.

Extracto de la motiva

“(…) en el presente caso, la parte demandante sólo efectuó, ante la [SUNDDE] una única petición en fecha 23 de noviembre de 2022 y no se evidencia de autos prueba que acredite la reiteración de la aludida petición, resulta evidente que no se cumplió con los requisitos exigidos en el artículo 35 numeral 4 y 66 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ni tampoco atendió al criterio jurisprudencial asentado por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, que supedita la admisibilidad de la demanda por abstención a la existencia de varias tramitaciones previas antes de acudir a la vía judicial, en tal virtud este Juzgado Nacional Segundo declara INADMISIBLE la demanda por abstención interpuesta. Así se decide.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la profesional del derecho Miriam Contreras, con el carácter de apoderada judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL U.E.P. COLEGIO CLARET, contra la sentencia dictada por el Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 3 de marzo de 2023, que declaró inadmisible el recurso de abstención o carencia presentado por la demandante. 2.- Se CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

demandaSUNDDEabstenciónjurisdicciónadministrativapetición

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