Sentencia N° 4621 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de julio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 04621, Exp. 2000-0305, 07/07/2005
Expediente2000-0305
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda interpuesta por la Corporación Servicios Integrales de Comercialización SIC, C.A. y otros contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A. por daños y perjuicios materiales y morales. La Sala consideró que la parte demandante carecía de cualidad activa y pasiva para reclamar indemnización por el daño material de la embarcación B/P Mitzi, ya que no era su propietaria y no se demostró un vínculo que le otorgara legitimidad para actuar en juicio. Además, se revocó parcialmente el auto de admisión de pruebas del Juzgado de Sustanciación.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la parte demandante carece de cualidad activa y pasiva para reclamar indemnización por el daño material de la embarcación B/P Mitzi, ya que no era su propietaria y no se demostró un vínculo que le otorgara legitimidad para actuar en juicio. La Sala también concluye que la interposición de la demanda por parte del Banco Industrial de Venezuela no constituye un abuso de derecho, ya que se ajustó a lo convenido contractualmente y se basó en la falta de pago de las cuotas acordadas. Por lo tanto, se declara sin lugar la demanda interpuesta por la parte actora.

Dispositiva

PRIMERO: Revoca parcialmente el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala en fecha 25 de febrero de 2003. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa perentoria de falta de cualidad pasiva alegada por el apoderado de la parte demandada, referida a que su representada no tiene cualidad para sostener la pretensión de indemnización cuya causa es el supuesto daño material padecido por la embarcación denominada B/P Mitzi. TERCERO: CON LUGAR la defensa perentoria de falta de cualidad activa alegada por el apoderado de la parte demandada, referida a que los demandantes no tienen cualidad para pretender la indemnización cuya causa es el supuesto daño material padecido por la embarcación denominada B/P Mitzi. CUARTO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de bolívares por daños y perjuicios materiales y morales intentaron CORPORACIÓN SERVICIOS INTEGRALES DE COMERCIALIZACIÓN SIC, C. A. y los ciudadanos ALBERTO POLEO UZCATEGUI y CARLOS ÁLCEGA MENDOZA en contra de la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C. A.

Palabras clave

responsabilidad civildaños y perjuicioscualidad activacualidad pasivaembarcacióncobro de bolívaresabuso de derechomedidas cautelares

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