Sentencia N° 462 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de abril de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00462, Exp. 2000-0677, 15/04/2009
Expediente2000-0677
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-04-14
DecisiónORDENA OFICIAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Neila Judit Negrón Portillo contra la Resolución de la Comisión de Emergencia Judicial que la destituyó de su cargo como Jueza de Primera Instancia. La recurrente alegó violaciones a su derecho a la defensa y a la motivación del acto administrativo impugnado, argumentando que no se le había notificado de un procedimiento disciplinario previo y que la resolución carecía de fundamentos claros sobre los 'signos externos de riqueza' que justificaron su destitución.

Extracto de la motiva

La Sala ha observado que en otras causas relacionadas con la destitución de jueces por la causal de 'signos externos de riquezas', la Contraloría General de la República ha remitido las resultas de los procedimientos de verificación de sinceridad de patrimonio. Por lo tanto, se acuerda oficiar a la Contraloría General de la República para que informe sobre la existencia de algún procedimiento de verificación de sinceridad sobre las declaraciones juradas de patrimonio presentadas por la ciudadana Neila Judit Negrón Portillo entre los años 1992 y 2000, o cualquier otra averiguación que pudiera existir contra ella. Asimismo, se oficiará a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial para que informe si existe o existió alguna causa disciplinaria distinta a la presente, abierta contra la accionante.

Dispositiva

ORDENA OFICIAR a: 1) La Contraloría General de la República, a los fines de que informe de la existencia de algún procedimiento de verificación de sinceridad sobre las declaraciones juradas de patrimonio presentadas por la ciudadana NEILA JUDIT NEGRÓN PORTILLO entre los años 1992 y 2000, o cualquier otra averiguación que pudiera existir contra ella, y en caso afirmativo se sirva remitir copia certificada de esas actuaciones en un lapso de veinte (20) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la respectiva notificación. 2) La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, a los fines de que informe si ante esa Comisión existe o existió alguna causa disciplinaria distinta a la presente, abierta contra la ciudadana NEILA JUDIT NEGRÓN PORTILLO, en cuyo caso se sirva remitir copia certificada de las correspondientes decisiones, en un plazo de veinte (20) días contados a partir de que conste en autos la notificación.

Palabras clave

NulidadDestituciónJuezaContencioso-Administrativo

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