La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre la Corte de Apelaciones y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, ambas declaradas incompetentes para conocer un recurso de nulidad interpuesto por la Gobernación del Estado Amazonas. La Sala establece su competencia para resolver el conflicto y determina que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Amazonas es el órgano competente para conocer del recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
Ahora bien, atendiendo al criterio actualmente sostenido por este Máximo Tribunal, el cual establece que la competencia para conocer de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos emanados de la Inspectoría del Trabajo corresponde en primera instancia a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo Regionales y, en segunda instancia, a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, y por cuanto en el caso de autos fue ejercido un recurso de nulidad contra una providencia administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Amazonas, esta Sala concluye que el competente para conocer de la causa es el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Amazonas. Así se decide.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN AMAZONAS, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por los abogados Miriam Rosaura Figuera y Jackson Alexander Márquez Duque, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO AMAZONAS, contra la Providencia Administrativa S/N del 24 de enero de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO AMAZONAS, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido incoada por la ciudadana Josefina Meza Rodríguez, ordenando su reenganche y el pago de los salarios caídos.
Palabras clave
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