Sentencia N° 46 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de enero de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00046, Exp. 2010-0852, 19/01/2011
Expediente2010-0852
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-01-18
DecisiónNULA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la competencia para conocer el recurso contencioso tributario interpuesto por C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS contra la Resolución N° 4026 del Alcalde del Municipio Sucre. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declinado la competencia, lo que llevó a la revisión de la legalidad de dicha decisión. La Sala concluye que la sentencia apelada es nula por haber sido dictada por un órgano incompetente.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de diciembre de 1995 por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A. La Electricidad de Caracas, en virtud de la decisión emanada de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 25 de noviembre de 2009, que declaró su incompetencia y ordenó la remisión del caso a esta Sala. Al respecto, resulta pertinente destacar que la actuación administrativa impugnada impuso a la contribuyente el pago de diferencias del entonces impuesto sobre patente de industria y comercio por la inclusión de los ingresos percibidos por “ajuste de combustible” para los ejercicios fiscales 1983, 1984, 1985, 1986, 1987, 1988 y 1989, y por rechazar la reclasificación del código que hiciera la contribuyente, y consecuentemente de la alícuota impositiva, al presentar las declaraciones correspondientes; motivo por el cual se desprende el carácter eminentemente tributario del recurso incoado por la citada sociedad de comercio. Así se establece.

Dispositiva

1.- NO ACEPTA la competencia declinada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en sentencia del 25 de noviembre de 2009 para conocer de la apelación. 2.- NULA la sentencia apelada del 13 de marzo de 1995 por el Tribunal Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (Accidental) que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 4026, del 9 de julio de 1990 dictada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA. Se ORDENA remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas para que de inmediato distribuya la presente causa y previas notificaciones de las partes sea decidido el mérito del asunto.

Palabras clave

competenciatribunalestributosapelaciónadministrativojurisdicción

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