Sentencia N° 457 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de mayo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00457, Exp. 2008-1005, 25/05/2023
Expediente2008-1005
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-05-25
DecisiónOrdenar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por el Estado Bolivariano de Miranda contra el Decreto N° 6.543, que ordenaba la transferencia de servicios de salud al Ministerio del Poder Popular para la Salud. La Sala ordenó oficiar al Ministerio para que remita copias certificadas del expediente administrativo relacionado con el decreto y al Gobernador del estado para que informe sobre el estado del proceso de transferencia. Se estableció un lapso de diez días para cumplir con los requerimientos.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a este Máximo Tribunal emitir pronunciamiento con relación a la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos en fecha 9 de diciembre de 2008, por el abogado Rafael David Guzmán Reverón, ya identificado, actuando con el carácter de Procurador del estado Bolivariano de Miranda, en representación del estado Bolivariano de Miranda, interpuso, contra el Decreto número 6.543 del 2 de diciembre de 2008, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, publicado en la Gaceta Oficial número 39.072 de fecha 3 de ese mismo mes y año; sin embargo, se advierte lo siguiente: Del estudio del expediente, se aprecia que mediante auto para mejor proveer identificado con el alfanumérico AMP-093 de fecha 28 de julio de 2011, esta Sala, solicitó al Ministerio del Poder Popular para la Salud, la remisión del expediente administrativo, en el que cursan las actuaciones previas a la emisión del Decreto Presidencial número 6.543 de fecha 2 de diciembre de 2008, publicado en la Gaceta

Dispositiva

1.- OFICIAR nuevamente al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, a los fines de que remita a esta Sala copias certificadas del expediente administrativo, en el que cursen las actuaciones previas a la emisión del Decreto Presidencial número 6.543 de fecha 2 de diciembre de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.072 del 3 de ese mismo mes y año; así como copia certificada del 'Convenio de Transferencia al Estado Miranda de los Servicios de Salud prestados por el Ministerio Sanidad y Asistencia Social y por Organismos adscritos' de fecha 25 de octubre de 1995. 2.- OFICIAR a la PROCURADURÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA y al GOBERNADOR de la referida entidad político territorial, con el objeto de que informen a esta Sala si el proceso de transferencia ordenado en el referido Decreto Presidencial, fue culminado y, en caso de seguir en curso, informe el estado en que se encuentra.

Palabras clave

decretosaludjurisdicciónnotificacionestecnologíaadministrativa

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