Sentencia N° 455 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de abril de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00455, Exp. 2006-0990, 07/04/2011
Expediente2006-0990
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-04-06
DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en el recurso contencioso administrativo interpuesto por Angelina Margarita García Hernández contra la Providencia Administrativa N° 036/2006. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de la recurrente, quien no impulsó el proceso durante más de cuatro años desde su última actuación en noviembre de 2006.

Extracto de la motiva

De una revisión de las actas procesales que integran el expediente de la causa, esta Sala ha podido advertir que la última actuación realizada por la ciudadana Angelina Margarita García Hernández en el marco del recurso contencioso administrativo de nulidad que interpusiera contra la Providencia Administrativa N° 036/2006, dictada por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial el 24 de abril de 2006; se produjo en fecha 21 de noviembre de 2006, oportunidad en la cual la recurrente consignó en autos la publicación en prensa del cartel de emplazamiento a que se refería el artículo 21 aparte 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela de 2004. Ante esta circunstancia, dos precisiones resultan relevantes. La primera, es la referida a la noción procesal de interés para accionar, respecto de la cual esta Sala en sentencia Nro. 00075 de fecha 23 de enero de 2003 (caso: C.V.G. Bauxilum, C.A.), estableció: '… Cuando el justiciable considera que sus derechos se encuentran insatisfechos, puede acudir a los órganos jurisdiccionales para solicitar se le otorgue tutela judicial a su pretensión, esto es, cuando tenga interés procesal para accionar, entendido éste como la necesidad y adecuación del proceso para satisfacer la pretensión demandada.' ... El interés procesal ha de manifestarse en la demanda o solicitud y mantenerse a lo largo del proceso, ya que la pérdida del interés procesal se traduce en el decaimiento y extinción de la acción.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana ANGELINA MARGARITA GARCÍA HERNÁNDEZ contra el acto emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL en fecha 24 de abril de 2006. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

interés procesalacción procesalinactividad procesalperención de instanciatutela judicial

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