La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral del Estado Lara, ambos declarados incompetentes para conocer de una demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por Cayetano Alberto Torrealba Espinoza contra la Alcaldía del Municipio Palavecino. La Sala determinó que la competencia corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, dado que la acción se relaciona con una relación funcionarial y el régimen legal aplicable es el de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, luego de efectuar la tramitación de la presente causa, declaró su incompetencia, por considerar que lo que pretendía el accionante era el cobro de sus prestaciones sociales, considerando que correspondía en consecuencia el conocimiento de la presente causa a la jurisdicción laboral; asimismo, el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declaró su falta de competencia aduciendo que la acción ejercida era materia contencioso-administrativa, por cuanto se trataba de una acción de cobro de prestaciones sociales de un ex-funcionario, con motivo de remoción del cargo que ocupaba en el referido ente municipal y cuyo régimen legal aplicable, era el previsto en la Derogada Ley de Carrera Administrativa, hoy Ley del Estatuto de la Función Pública.
Dispositiva
PRIMERO: Es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. SEGUNDO: La COMPETENCIA para conocer la presente demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales, interpuso el ciudadano CAYETANO ALBERTO TORREALBA ESPINOZA, asistido por el abogado Heimold Suárez Crespo, antes identificados, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PALAVECINO DEL ESTADO LARA, corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto y copia certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción del Estado Lara. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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