Sentencia N° 4533 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de junio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 04533, Exp. 2002-0969, 22/06/2005
Expediente2002-0969
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2005-06-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Refrigeración Internacional, C.A. contra la decisión del Juzgado de Sustanciación que declaró improcedente la solicitud de reposición de la causa. La Sala declaró sin lugar la apelación, confirmando la decisión del Juzgado de Sustanciación y ordenando la reposición de la causa para que se pronuncie sobre la admisión de los medios de pruebas promovidos. Se destacó la inadmisibilidad de las pruebas por ser extemporáneas, y se reafirmó la importancia de los principios de celeridad y concentración procesal en el desarrollo del juicio.

Extracto de la motiva

Antes de analizar la apelación interpuesta contra la sentencia del Juzgado de Sustanciación de fecha 29 de marzo de 2005, esta Sala considera necesario precisar lo siguiente: El Juzgado de Sustanciación dictó decisión de fecha 24 de agosto de 2004, declarando la inadmisibilidad de las pruebas promovidas por ambas partes, en virtud de ser extemporáneas, fundándose en el artículo 21, aparte 12, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, el Juzgado de Sustanciación estableció en las referidas decisiones lo siguiente: “Mediante escrito de fecha 13 de julio de 2004, presentado por el abogado Oswaldo A. Ablan Hallak, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.301, actuando en su carácter de apoderado de la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A., promovió pruebas en la demanda incoada por la sociedad mercantil Refrigeración Internacional, C.A. (REFINTER; C.A.), contra su representada, por cobro de bolívares. En esta misma fecha se ordenó practicar cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos durante el lapso de promoción de pruebas, en el presente juicio. Ahora bien, debe este Juzgado, antes de proveer sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas, hacer el siguiente señalamiento: Se observa que la acción propuesta versa sobre una demanda por cobro de bolívares, contra una empresa del Estado (PDVSA Petróleo S.A.), cuyo conocimiento, conforme al artículo 5 numeral 24 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se encuentra atribuido a esta Sala.

Dispositiva

Por las razones antes expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- LA NULIDAD de las decisiones de fecha 24 de agosto de 2004, del Juzgado de Sustanciación, mediante los cuales se inadmiten las pruebas por extemporáneas, en los términos expresados en este fallo. En consecuencia, se decreta la reposición de la causa al estado de que el Juzgado de Sustanciación se pronuncie sobre la admisión de los medios de pruebas promovidos, tanto en relación a su oportunidad como a los demás requisitos de Ley. Conforme a lo expuesto en este fallo, se ordena mantener las impugnaciones realizadas en la presente causa, al haber sido interpuestas en forma oportuna y con las debidas garantías procesales. 2.- SIN LUGAR la apelación intentada por la ciudadana Leita Calkitis de Franco, en su carácter de representante de Refrigeración Internacional, C.A. (REFINTER, C.A.), asistida por el abogado Wallys José Rodríguez Alfonso, todos identificados, en fecha 31 de marzo de 2005, contra la referida decisión de fecha 29 de marzo de 2005, dictada por el Juzgado de Sustanciación que negó la solicitud de reposición de la causa. Así se decide. En consecuencia SE CONFIRMA, conforme a los términos expuestos en este fallo, la decisión del Juzgado de Sustanciación de fecha 29 de marzo de 2005, en cuanto a la improcedencia de la solicitud de reposición.

Palabras clave

cobro de bolívaresapelacióninadmisibilidad de pruebastérmino de distanciaproceso administrativoderecho a la defensaceleridad procesalprincipio de legalidad

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