La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia Nro. 00245, declaró desistida la apelación de la empresa Santa Bárbara Airlines, C.A. y sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal, confirmando la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. Además, se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra una resolución del SENIAT, condenando a la empresa en costas. La sentencia se dictó el 11 de marzo de 2015 y se ordenó notificar a la empresa sobre el fallo debido al tiempo transcurrido sin notificación efectiva.
Extracto de la motiva
Por tal manera, que, esta Sala, en aplicación del principio de confianza legitima, de expectativa plausible y del derecho a la tutela judicial eficaz, así como en cumplimiento de los postulados constitucionales y con respecto a los derechos fundamentales procesales, como a la tutela judicial eficaz, a la defensa, al debido proceso y a los valores superiores del ordenamiento jurídico, a la seguridad jurídica y a la justicia idónea, expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles, como fin último o teleológico del proceso, a fin de sanear el trámite procesal y evitar posteriores nulidades, establece que la citación de los herederos desconocidos a través del edicto indicado en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, deberá producirse en todos los casos de fallecimiento de una de las partes (…). Asimismo, esta Sala, en cumplimiento de los postulados constitucionales procesales a los que antes se hizo referencia, y en procura del fin último del proceso, como lo es la consecución de una justicia idónea, transparente, expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles, en plena garantía de los derechos constitucionales a la tutela judicial eficaz, a la defensa y al debido proceso.
Dispositiva
ORDENA notificar al representante legal y/o judicial de la sociedad mercantil SANTA BÁRBARA AIRLINES, C.A., del contenido del presente fallo y de la sentencia Nro. 00245 de fecha 11 de marzo de 2015. Dicha notificación deberá practicarse mediante boleta publicada en la cartelera de esta Alzada, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la página web de este Tribunal.
Palabras clave
Santa Bárbara AirlinesSENIATapelacióncontencioso tributario