La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 01007, en la que se ordena requerir al Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren, que efectúe y remita el cómputo de los días de despacho transcurridos en el proceso de nulidad interpuesto por el Instituto Médico Quirúrgico Acosta Ortiz, C.A. contra un decreto del Presidente de la República que crea un área vital de viviendas. La decisión se fundamenta en la falta de remisión del cómputo solicitado por el Juzgado de Sustanciación, lo que llevó a la Sala a ordenar la continuación del proceso y la fijación de un lapso para la presentación de informes.
Extracto de la motiva
Visto lo aquí expuesto y en atención al principio de celeridad procesal, [ese] Juzgado de Sustanciación acuerda oficiar al Tribunal Sexto de Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a fin de que remita el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 30.10.19, exclusive, hasta el 13.11.2019 inclusive. Se advierte que dicha información podrá ser remitida vía on line a través de la dirección electrónica spad.juzsu@tsj.gob.ve (…). Una vez que conste en autos el cómputo in commento, se establecerá lo conducente en cuanto a la fecha de culminación del lapso de evacuación de pruebas reabierto y la remisión de las presentes actuaciones a la Sala (…)
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría de esta Sala dé continuación a la causa y, en tal sentido, fije el lapso de cinco (5) días de despacho para la presentación de los informes, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, previa notificación de las partes.