Sentencia N° 453 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de abril de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00453, Exp. 2016-0120, 26/04/2018
Expediente2016-0120
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-04-25
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Toyoavila, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario que declaró inadmisible un recurso jerárquico. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que la falta de firma en el recurso jerárquico afectó su validez y que no se cumplió con los requisitos legales para su admisión. Además, se desestimaron los alegatos de prescripción y de falso supuesto de derecho presentados por la recurrente.

Extracto de la motiva

(…) del escrito de Recurso Jerárquico presentado en fecha 25 de febrero de 2014, se desprende que el mismo fue consignado dentro del lapso legalmente establecido para su interposición; no obstante, no es posible afirmar que dicho recurso fue incoado por el ciudadano ANTONIO JOSÉ GAGO, en su carácter de Apoderado de la sociedad mercantil TOYOAVILA, C.A., según documento Poder otorgado ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Sucre del Estado Miranda, (…). Tal aseveración no es arbitraria, sino que deviene del riguroso análisis de los elementos que conforman el expediente conformado con ocasión del procedimiento administrativo llevado a la contribuyente TOYOAVILA, C.A., del que se observa: (i) Al folio 000737, copia de la Cédula de Identidad del ciudadano ANTONIO JOSÉ GAGO, anteriormente identificado, y quien en el escrito recursivo se señala como apoderado de la empresa recurrente, y cuya rúbrica, no consta en el referido escrito; (ii) En los folios que contienen el recurso jerárquico incoado contra el acto hoy impugnado, un trazo a modo de media firma, que no coincide con la rúbrica del presunto apoderado, todo lo cual conduce indefectiblemente a este Despacho a concluir que, no se puede determinar la legitimidad de la persona que se identifica como apoderado de la referida empresa, siendo este un elemento requerido por la ley para darle validez a dicho acto jurídico. (…)

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil TOYOAVILA, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. 1745 de fecha 21 de octubre de 2015, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA.

Palabras clave

Contencioso TributarioToyoavila, C.A.AlcaldíaImpuesto sobre Actividades Económicas

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