Sentencia N° 451 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de mayo de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00451, Exp. 2008-0066, 26/05/2010
Expediente2008-0066
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-05-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de la sociedad mercantil Inmuebles La Giralda, C.A. para que se libre el despacho correspondiente al Juez Distribuidor Ejecutor de Medidas Preventivas. La Sala determinó que la oposición presentada por la parte demandada no tiene efectos suspensivos sobre la medida de embargo preventivo decretada sobre bienes muebles del demandante, Pedro Mezerhane Akl. Por lo tanto, se ordenó la ejecución de la medida cautelar.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto de la solicitud formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil Inmuebles La Giralda, C.A., en diligencia del 18 de febrero de 2010, en el sentido de que “se libre el despacho correspondiente dirigido al Juez Distribuidor Ejecutor de Medidas Preventivas y Ejecutivas del Área Metropolitana de Caracas”, a los fines de practicar la medida acordada; petición a la que se opuso la representación judicial del ejecutado por diligencia del 25 de ese mes y año, requiriendo a esta Sala “abstenerse de librar el mandamiento de Comisión al Juzgado Ejecutor de Medidas hasta tanto sea decidida la presente Oposición”. En este sentido, consta que en decisión N° 00053 de fecha 20 de enero de 2010, esta Sala efectivamente, luego de decretar la medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad del demandante, ciudadano Pedro Mezerhane Akl, ordenó comisionar por auto separado al Juez Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial que indique la parte solicitante, a fin de que proceda a ejecutar la medida acordada. Ahora bien, en atención a lo dispuesto en el Titulo II “Del procedimiento de las medidas preventivas” del Libro Tercero “Del procedimiento cautelar y de otras incidencias” del Código de Procedimiento Civil, artículos 601 y siguientes, se observa que la sola presentación de la oposición por la parte contra quien obre el decreto de las medidas preventivas, no tiene efectos suspensivos sobre la medida acordada, razón por la cual esta Sala acuerda oficiar al Juez Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial que indique la parte solicitante, a los fines de que se proceda a la ejecución de la medida.

Dispositiva

1. OFICIAR al Juez Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial que indique la parte solicitante, a los fines de que se proceda a la ejecución de la medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad del demandante, ciudadano Pedro Mezerhane Akl, anexándole copia certificada de la presente decisión y del fallo que acordó la medida cautelar. 2. REMITIR el presente cuaderno separado al Juzgado de Sustanciación, una vez cumplido lo dispuesto en el punto anterior, a los fines de que provea lo conducente en cuanto a la admisibilidad de las pruebas promovidas por la parte actora. Una vez evacuadas las pruebas que lo requieran, y devuelto como sea el presente cuaderno, esta Sala resolverá sobre la oposición a la medida de embargo preventivo formulada por el ejecutado.

Palabras clave

embargomedida cautelaroposiciónpruebasejecución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca