La abogada Gloria Amparo Perico de Galindo interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad y una acción de amparo contra un acto administrativo de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala Político-Administrativa, tras analizar el caso, determinó que la actora había sido reincorporada a su cargo y que el beneficio de jubilación especial que se le había otorgado fue suspendido. Por lo tanto, se concluyó que el objeto del recurso había decaído, declarando inadmisible la acción presentada por la recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala, al examinar la admisibilidad del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Gloria Amparo Perico de Galindo, observó que la pretensión de la recurrente se centraba en la nulidad de decisiones de la Comisión Judicial que afectaron su designación como Jueza. Se constató que la actora había sido reincorporada a su cargo y que el beneficio de jubilación especial había sido suspendido, lo que llevó a la Sala a concluir que el objeto del recurso había decaído, resultando en su inadmisibilidad.
Dispositiva
1. Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar, por la abogada GLORIA AMPARO PERICO DE GALINDO, contra el acto administrativo dictado, en fecha 24 de noviembre de 2005, por la COMISIÓN JUDICIAL DE ESTE ALTO TRIBUNAL, mediante el cual se declaró con lugar el recurso de reconsideración interpuesto por la actora contra la decisión dictada por el referido órgano en fecha 01 de marzo de 2005, por la que se dejó sin efecto su designación como Jueza Temporal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se recomendó a la Sala Plena otorgarle el beneficio de jubilación. 2.- Declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del presente recurso de nulidad y por ende su INADMISIBILIDAD. 3.- INSTA a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de que informe a la abogada Gloria Amparo Perico de Galindo acerca de las resultas de los trámites efectuados para efectuar el pago de los salarios dejados de percibir, tal como se lo requirió la Presidenta de la Comisión Judicial.
Palabras clave
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