La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00210, declaró firmes los pronunciamientos del tribunal de instancia en relación a la multa impuesta y los intereses moratorios. Además, se confirmó la consulta de una sentencia anterior, revocando parcialmente la multa impuesta por el Juez a quo. Se ordenó a la Administración Tributaria realizar un recálculo tomando en cuenta el salario normal para la determinación del impuesto sobre la renta.
Extracto de la motiva
motivación de esta sentencia, liquidada mediante la planilla No. 031001233002568 y que debe cancelar con base en el valor de la unidad tributaria vigente para la fecha del pago; y iii).-Se confirman los intereses moratorios liquidados por Bs. 7.099,77 por el pago extemporáneo del impuesto autoliquidado en la declaración sustitutiva, por lo que se ordena emitir nueva planilla de liquidación y pago para actualizar el valor monetario de esos intereses, por lo que se anula la planilla de liquidación y pago No..031001233002565. 2.- Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia definitiva Nro..007/2019 del 9 de abril de 2019, dictada por el Tribunal IAJuriss.
Dispositiva
Se ORDENA a la Administración Tributaria efectuar el recálculo tomando en cuenta el 'salario normal' como único elemento a ser considerado a efectos de la determinación del enriquecimiento neto de los trabajadores bajo relación de dependencia, para establecer la base de cálculo del impuesto sobre la renta, asimismo; deberá incluir el monto por desgravamen único para el ejercicio 2012.
Palabras clave
derecho tributarioproceso administrativosentenciadebido procesocorrección de oficio