Sentencia N° 448 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de marzo de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00448, Exp. 16716, 12/03/2002
Expediente16716
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-03-12
DecisiónAuto para mejor proveer
Resumen
La Sala se pronuncia sobre el recurso de hecho interpuesto por el abogado Oscar Guillarte Hernández y Lucia Zumbo Currenti, en relación a una sentencia interlocutoria que negó una apelación. Se destaca la falta de constancia sobre el vencimiento de los plazos fijados por el tribunal inferior, lo que impide determinar si la apelación fue interpuesta en el término legal. La Sala considera insuficiente la documentación presentada y acuerda un auto para mejor proveer, ordenando al juzgado remitente que remita el cómputo de los días de despacho transcurridos.
Extracto de la motiva
Sin embargo, esta Sala considera insuficiente la documentación cursante en autos en lo que se refiere al cómputo de los días anteriormente mencionados, acuerda auto para mejor proveer, de conformidad con lo estipulado en el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y ordena oficiar al Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito federal y Estado Miranda, a objeto de que en un lapso perentorio de diez (10) días hábiles siguientes al recibo del oficio correspondiente, remita a esta Sala el cómputo de los días de los días de despacho transcurridos entre el 21 de mayo de 1999, fecha en la cual el a quo dijo “Vistos” en el recurso de contencioso tributario interpuesto por la contribuyente García Tuñón, C.A., contra el acto de intimación fiscal, emanado de la Dirección de Recaudación de Rentas Municipales de la Alcaldía de Chacao del Estado Miranda, contenido en la Comunicación 4172, de fecha 27 de octubre de 1998, hasta que fue intentado por parte de la Alcaldía de Chacao el recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada por el a quo de fecha 27 de julio de 1999, por medio de la cual declaró con lugar el recurso contencioso tributario.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
recurso de hechoapelacióncontencioso administrativointimación fiscalplazos procesalesdocumentación insuficienteJuzgado Superior Séptimo