La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre dos juzgados en relación a una demanda por daños y perjuicios. El Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito se declaró incompetente y remitió el caso a esta Sala. La Sala determinó que el conocimiento del conflicto corresponde a ella, y que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte es el competente para decidir sobre la querella funcionarial interpuesta por la demandante.
Extracto de la motiva
La Sala establece su competencia para resolver el conflicto negativo planteado, observando que el apoderado actor califica la acción como una demanda por daños y perjuicios, fundamentada en los artículos 1.185 y 1.273 del Código Civil. Sin embargo, se desprende que la parte recurrente busca el cobro de salarios dejados de percibir y otros conceptos derivados de la relación de empleo público con el Instituto Autónomo de Policía Municipal de Los Guayos, en virtud de una sentencia de amparo que ordenó su reincorporación. Por lo tanto, se concluye que el presente asunto debe ser conocido por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
Dispositiva
1.- Que corresponde a esta Sala la COMPETENCIA para conocer la regulación de competencia planteada en el caso de autos. 2.- Que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte es el COMPETENTE para conocer y decidir la querella funcionarial interpuesta por el abogado Marco Antonio Ramón Amoretti, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana YECENIA ELIZABETH QUIÑONES LEDEZMA, contra EL MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO y EL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DE LOS GUAYOS, de forma solidaria. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el presente expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Palabras clave
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