Sentencia N° 445 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de marzo de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00445, Exp. 15634, 12/03/2002
Expediente15634
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-03-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de nulidad interpuesta por las sociedades mercantiles FLOTA CUMANÁ C.A., PESCA VENJA C.A. y NATO C.A. contra el contrato de compra-venta celebrado entre la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL (CORPORIENTE) y CONSTRUCTORA ELIVE, C.A. La decisión se basa en la falta de expresión de disposiciones legales infringidas por parte de los demandantes, lo que impide el análisis del contrato impugnado.

Extracto de la motiva

En efecto indicaron que con excepción de la cita de los artículos 1.546 y 1.547 del Código Civil, de los artículos 42 y 111 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia para justificar la competencia de esta Corte, y de los artículos 585, 588 y 600 del Código de Procedimiento Civil para solicitar la medida cautelar, no se denunció la infracción de ninguna disposición legal, lo cual era imprescindible para que esta Sala pudiera analizar el contrato impugnado, ya que “no puede constatar la existencia de un vicio de ilegalidad que ni siquiera le ha sido planteado”.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta por los abogados Manuel Rachadell, Jesús Rangel Rachadell y Genaro Ibarreto Barrios, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil FLOTA CUMANÁ C.A., la sociedad mercantil PESCA VENJA C.A., y sociedad mercantil NATO C.A., contra el contrato de compra-venta celebrado entre la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL (CORPORIENTE) y la sociedad mercantil CONSTRUCTORA ELIVE, C.A. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

nulidadcontratocomprasarrendamientoprocedimientolegitimaciónmedidas cautelares

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