Sentencia N° 444 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de abril de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00444, Exp. 2015-0763, 18/04/2018
Expediente2015-0763
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2018-04-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Transporte Velasco, C.A. contra la Resolución del SENIAT que declaró inadmisibles los recursos jerárquicos interpuestos. La sentencia destaca que las intimaciones de pago no son impugnables según el Código Orgánico Tributario, ya que son actos preparatorios y no determinativos de tributos. Además, se ordena al SENIAT recalcular la sanción de multa impuesta a la empresa.

Extracto de la motiva

Como consecuencia de la nulidad invocada, parece prudente señalar que la conducta a seguir en la presente causa, al momento de la decisión al fondo, es remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO AUTONOMO DE ADIMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) a objeto de que resuelva el Recurso Jerárquico interpuesto ante la Gerencia de Tributos Internos de la Región Zuliana quien decidió a espaldas del debido proceso señalado en el artículo 49 constitucional y las normas procesales omitidas. La representación judicial de la contribuyente alega como defensas que el acto administrativo contenido en la Resolución impugnada es nulo por cuanto en el mismo existe violación del derecho al debido proceso en razón de encontrarse dicha resolución viciada de falso supuesto e inadecuada motivación, carencia o inobservancia de las reglas de derecho. Al respecto, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia determinó en relación al debido proceso lo siguiente: Ahora bien, de los alegatos planteados por la representación judicial de la contribuyente no se observa la forma en cómo ésta considera que la Resolución impugnada violentó sus derechos, ya que en el escrito recursivo la misma sólo se limita a transcribir citas jurisprudenciales en relación a los vicios denunciados. En consecuencia, el Tribunal desestima los alegatos presentados por la representación judicial de la recurrente, en razón de no haberse desprendido del escrito recursivo los fundamentos de hecho y de derecho respecto de los cuales la misma consideró que la Administración Tributaria había cercenado sus derechos. Así se decide. En relación a la afirmación de la representación de la recurrente Transporte Velasco, C.A., de que la administración tributaria, al acumular las cuatro causas, olvidó el tenor del recurso jerárquico intentado contra las Intimaciones de Pago, el Tribunal observa que en la Resolución identificada con las siglas y números SNAT/INTI/GRTI/RZU/DJT/CRJ/ICMF/2012/000372 del 29 de noviembre de 2012, la administración tributaria se pronunció sobre las cuatro intimaciones recurridas, declarando INADMISIBLE dicho recurso. En razón de lo cual el Tribunal desestima los señalamientos de la representación judicial de la recurrente a este respecto. Así se decide.

Dispositiva

Se confirma la Resolución identificada con las siglas y números SNAT/INTI/GRTI/RZU/DJT/CRJ/ICMF/2012/000372 de fecha 29 de noviembre de 2012, y se condena en costas a la recurrente.

Palabras clave

Contencioso TributarioSENIATTransporte VelascoInadmisibilidadRecursos Jerárquicos

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