Sentencia N° 443 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de agosto de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00443, Exp. 2022-0068, 11/08/2022
Expediente2022-0068
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-08-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa Venezolana de Exportación Minera, C.A. contra un oficio del SENIAT que limitaba su capacidad de exportación de carbón. La sentencia revoca la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, que había declarado con lugar el recurso en primera instancia. Se establece que la empresa no tiene prohibición legal para exportar carbón, siempre que cumpla con los trámites arancelarios y administrativos correspondientes.

Extracto de la motiva

De una primera lectura del artículo 245 del referido Texto Orgánico, ciertamente se observa que “pese a la universalidad del control contencioso tributario respecto a los actos y actividades realizados por la Administración Tributaria”, la posibilidad de recurrir de las llamadas opiniones de la Administración Tributaria con ocasión de las consultas efectuadas, tal como lo prevé el artículo 240 eiusdem, “sobre la aplicación de las normas tributarias a una situación de hecho”. Siendo así, parece incuestionable, a partir de lo previsto en los artículos 252 y 266 del Código Orgánico Tributario de 2014, aplicable en razón del tiempo, de cuyo examen concatenado puede esta Sala afirmar que el recurso jerárquico y/o el contencioso tributario, sólo proceden contra los actos de la Administración Tributaria de efectos particulares que determinen tributos, apliquen sanciones o afecten de cualquier forma los derechos de los administrados, de lo cual se entiende deben tener carácter de definitivos o que prejuzguen como tales.

Dispositiva

1.- CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la Sociedad Mercantil ‘VENEZOLANA DE EXPORTACION MINERA, C.A.’. 2.- SE ANULA, el oficio N° SNAT/IONA/GAPSAT/DO-2019-I-0884 de fecha 25 de Junio de 2019. 3.- SE INDICA, que la recurrente no tiene prohibición legal para exportar carbón, carbón coquizable, siempre y cuando cumpla con los trámites arancelarios y administrativos correspondientes.

Palabras clave

Contencioso TributarioExportaciónCarbón

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