La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Belén Magali Navarro de Rodríguez contra el acto administrativo de la Junta Calificadora Zonal del Estado Yaracuy, que dejó sin efecto su acreditación como ganadora de un concurso docente. La Corte determinó que la decisión administrativa carecía de motivación y vulneraba el derecho al debido proceso de la recurrente, quien había sido declarada ganadora del cargo de Coordinador de Educación Media en Castellano.
Extracto de la motiva
De la lectura del acto administrativo parcialmente trascrito permite deducir con claridad la ausencia de sustento legal, toda vez que, resulta patente la falta de las razones jurídicas que respalden la actuación de la Junta Calificadora Zonal del Estado Yaracuy. En consecuencia, el presente caso se trata de un acto inmotivado, que violenta el derecho a la defensa de la recurrente, lo que acarrea su nulidad. Así se declara. Sobre la base de las consideraciones precedentes y siendo palpable la ausencia de gestión procesal por parte del ente político-territorial demandado, esta Corte declara con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana Belén Magali Navarro de Rodríguez, asistida por los abogados Cruz Alejandro Graterol Roque y Victorina Arteaga, contra el acto administrativo sin número, de fecha 5 de agosto de 2002, dictado por la Junta Calificadora Zonal del Estado Yaracuy, adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación).
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional por la ciudadana BELÉN MAGALY NAVARRO DE RODRÍGUEZ, asistida por los abogados Cruz Alejandro Graterol Roque y Victorina Arteaga, contra el acto administrativo de fecha 5 de agosto de 2002, emanado de la JUNTA CALIFICADORA ZONAL DEL ESTADO YARACUY, adscrita al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación). 2.- ORDENA al Ministerio en referencia, tramitar el ascenso al cargo para el cual concursó la ciudadana Belén Magali Navarro de Rodríguez.