Sentencia N° 440 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00440, Exp. 2010-0950, 06/04/2011
Expediente2010-0950
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor del recurso contencioso tributario interpuesto por TURHOTEL C.A. contra la resolución del SENIAT que declaró inadmisible un recurso jerárquico. La Sala determinó que la Administración Tributaria había aplicado incorrectamente sanciones por incumplimiento de deberes formales en materia de impuesto al valor agregado, considerando que debían ser tratadas como una sola infracción en lugar de múltiples. Se revocó la decisión del tribunal inferior y se ordenó la emisión de nuevas planillas de pago.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación incoado por la representante Judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 0852/2010 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 4 de junio de 2010, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto el 7 de febrero de 2008 por la sociedad de comercio TURHOTEL C.A. De esta forma, en virtud de la declaratoria contenida en la sentencia apelada, así como de las objeciones formuladas en su contra por la apoderada judicial del Fisco Nacional, se observa que la controversia planteada en el caso en estudio se circunscribe a la aplicación del delito continuado en materia tributaria y la forma de imponer la sanción por la comisión de ilícitos formales derivados del impuesto al valor agregado, a la luz de lo contemplado en el artículo 101 del Código Orgánico Tributario de 2001 y reitera lo establecido en la decisión Nro. 00948 del 13 de agosto de 2008, caso: Distribuidora y Bodegón Costa Norte, C.A., para causas como la de autos.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Evaristo Zambrano, actuando en su carácter de coapoderado judicial de TURHOTEL C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/ARJ/2007/0117241 del 15 de noviembre de 2007, emanada de la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual declaró ‘inadmisible’ el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución de Imposición de Sanción N° GRTI-RCE-DFD-2006-04-PFF-PEC-0235 del 13 de julio de 2006, en la cual le impuso sanción a la contribuyente por cuanto: 1) no registra en el libro de compras para los periodos febrero, abril, mayo, junio, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2005 el nombre y apellido del vendedor o de quien prestó el servicio y, 2) emite facturas en forma libre que no cumplen con la disposiciones legales, toda vez que para los períodos de febrero de 2005 hasta febrero de 2006 no aparece la denominación de ‘Factura’. Sanción total: 1962,50 unidades tributarias. 2) IMPROCEDENTE la reiteración aplicada por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) en la cuantificación de las sanciones impuesta a TURHOTEL C.A. 3) ORDENA al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) emitir nuevas planillas de pago de conformidad con los términos de la presente decisión.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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