Sentencia N° 437 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de marzo de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00437, Exp. 01-0844, 12/03/2002
Expediente01-0844
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-03-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía. Se determinó que la acción de amparo se fundamentó en la violación de los derechos al debido proceso y a ser juzgado por un juez natural, lo que llevó a la anulación de la decisión apelada y a la reposición de la causa al estado de que el Tribunal competente se pronuncie sobre la admisión de la reconvención planteada.
Extracto de la motiva
La acción de amparo se fundamentó en la violación de los derechos al debido proceso y a ser juzgado por un juez natural, consagrados en los artículos 68 y 69 de la Constitución de 1961, respectivamente, vigente para el momento de en que ocurrieron los hechos que motivaron la solicitud de amparo, hoy previstos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, señaló el accionante que el amparo interpuesto reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia, toda vez que la decisión accionada fue dictada por un Tribunal que actuó fuera de su competencia y, además, que la violación de las garantías constitucionales que motivaron su ejercicio son de eminente orden público. Continuó expresando que, por tratarse de un Instituto Autónomo adscrito a un órgano del Ejecutivo Nacional, goza del fuero especial que le atribuyó el legislador de ser demandado únicamente por ante la Sala Político Administrativa del Supremo Tribunal, cuando la cuantía exceda de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), de conformidad con lo previsto en los artículos 42, numeral 15, y 43 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia a los fines de conocer de la acción principal del juicio, así como de la reconvención intentada por el abogado Gonzalo Monsalve Vásquez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ HÉCTOR GONZÁLEZ TELLO y la sociedad mercantil INVERSIONES L.G.T., C.A., contra el INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA. Se ordena Oficiar al Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que envíe de inmediato el expediente original de esta causa, a los fines consiguientes.
Palabras clave
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