DecisiónORDENA notificar al ciudadano CARLOS ALBERTO LOBO RODRÍGUEZ
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la demanda de nulidad interpuesta por Carlos Alberto Lobo Rodríguez contra una resolución del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Se destaca que el demandante no ha realizado actuaciones desde 2002, lo que lleva a la Sala a ordenar la notificación para que manifieste su interés en continuar con la causa. Si no se presenta interés, se dictará el pronunciamiento correspondiente.
Extracto de la motiva
Conforme al criterio jurisprudencial transcrito, la pérdida de interés puede ser declarada cuando la inactividad procesal se produce antes de la admisión o después de que la causa había entrado en estado de sentencia. No obstante, se advierte que dicha pérdida de interés debe ser verificada antes de que proceda la extinción de la acción, razón por la cual este Máximo Tribunal, tanto en Sala Constitucional como en Sala Político-Administrativa, ha ordenado la notificación de las partes concediéndoles un lapso prudencial para que manifiesten su interés o no en que se sustancie y/o decida su causa, todo en aras de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva. (Vid., sentencia de esta Sala número 00236 del 21 de marzo de 2012, caso: Nereida Josefina Longa Rada contra Ministerio del Poder Popular para la Educación). Respecto a la manera como ha de practicarse dicha notificación, la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, en decisión número 4.294 de fecha 12 de diciembre de 2005, estableció que la notificación del actor debía realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, si ello fuere posible, y de no serlo, por no conocer el Tribunal dónde realizar la notificación o no poder publicar el cartel, con la fijación de un cartel en las puertas del Tribunal. Con fundamento en el criterio precedentemente expuesto, vistas las circunstancias destacadas ut supra y que, aún cuando la causa no ha sido admitida, el demandante no ha realizado acto alguno desde el 13 de junio de 2002, oportunidad cuando solicitó se admitiera la causa; esta Sala Político-Administrativa ordena la notificación de la parte actora en su domicilio procesal, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la referida notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa.
Dispositiva
ORDENA notificar al ciudadano CARLOS ALBERTO LOBO RODRÍGUEZ (antes identificado), para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente la notificación, manifieste su interés en que se sustancie la presente demanda.