La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de nulidad interpuesto por el abogado José M. Moronta, en representación de los ciudadanos Andrés Orlando Antequera Rojas y Yohosmin Edernis Álvarez Díaz, contra el acto administrativo N° CG-8465. Se determinó que el desistimiento fue formulado de manera válida y conforme a la ley, lo que llevó a la homologación del mismo por parte de la Sala.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del desistimiento formulado por el apoderado judicial de la parte actora, respecto del recurso de nulidad incoado contra el acto administrativo N° CG-8465 de fecha 4 de agosto de 2004, dictado por el Comandante General de la Guardia Nacional, mediante el cual se dejó sin efecto el ascenso a la jerarquía de Distinguido, del ciudadano Yohosmin Edernis Álvarez Díaz. Al respecto, observa este Alto Tribunal que el apoderado judicial de la parte recurrente interpuso recurso de nulidad contra los actos administrativos números GN-8531, GN-8532 y CG-8465 de fechas 1° de noviembre de 2004, los dos primeros y, 4 de agosto de 2004, el último, todos dictados por el Comandante General de la Guardia Nacional, y en los cuales se pasó a situación de retiro por medida disciplinaria a los ciudadanos Andrés Orlando Antequera Rojas y Yohosmin Edernis Álvarez Díaz, en los dos primeros actos, y se dejó sin efecto el ascenso del último de los ciudadanos mencionados, en el tercero; lo cual evidencia que dicha representación acumuló en el mismo recurso pretensiones derivadas de distintos títulos. Ahora bien, el Juzgado de Sustanciación, por auto de fecha 6 de julio de 2005, emitió pronunciamiento respecto de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto contra los referidos actos administrativos números GN-8531 y GN-8532, mediante los cuales se pasó a situación de retiro por medida disciplinaria a los hoy recurrentes, no efectuando señalamiento alguno respecto del recurso de nulidad incoado contra el también referido acto administrativo N° CG-8465, a través del cual se dejó sin efecto el ascenso del ciudadano Yohosmin Edernis Álvarez Díaz, a la jerarquía de Distinguido. Por tal motivo el referido Juzgado, en auto de fecha el 6 de octubre de 2005, subsanó la aludida omisión, dejando sin efecto los oficios librados a los ciudadanos Fiscal General de la República, Procuradora General de la República y Ministro de la Defensa, ordenando practicar las notificaciones nuevamente con la indicación expresa del último acto impugnado.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento formulado por el abogado José M. Moronta, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRÉS ORLANDO ANTEQUERA ROJAS y YOHOSMIN EDERNIS ÁLVAREZ DÍAZ, sólo respecto del recurso de nulidad incoado contra el acto administrativo N° CG-8465 de fecha 4 de agosto de 2004, dictado por el Comandante General de la Guardia Nacional. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el presente expediente y la pieza separada al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que dé cumplimiento a lo ordenado en el presente fallo y la causa siga su curso de ley. Cúmplase lo ordenado.
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