Sentencia N° 432 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de abril de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00432, Exp. 2014-0324, 22/04/2015
Expediente2014-0324
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-04-21
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por el Instituto Técnico Superior de Especialidades Estéticas, ITSEE, C.A., contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2011-000535 que declaró inadmisible un recurso jerárquico. La Sala confirmó parcialmente la sentencia del tribunal inferior, revocando el cálculo de las sanciones impuestas por la Administración Tributaria, al no aplicar correctamente las reglas de la concurrencia establecidas en el Código Orgánico Tributario del 2001.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación ejercida por la representación fiscal, y al respecto se destaca lo siguiente: La presente controversia se circunscribe a decidir si el Tribunal remitente al dictar el fallo Nro. 0073/2013 de fecha 21 de octubre de 2013, incurrió en el “vicio de falso supuesto de derecho por indebida aplicación del artículo 81 del Código Orgánico Tributario de 2001” (vigente ratione temporis), en la determinación de la sanción impuesta a la contribuyente por la comisión del ilícito formal referente a la emisión de facturas sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias para los períodos comprendidos “entre los meses de febrero, marzo, abril, junio y julio de 2007”; y si debe considerarse el valor de la unidad tributaria que se encuentra vigente al momento en que se efectúa el efectivo pago de la multa.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva N° 0073/2013 de fecha 21 de octubre de 2013, dictada por el aludido tribunal, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto el 3 de abril de 2012 por los apoderados judiciales del INSTITUTO TÉCNICO SUPERIOR DE ESPECIALIDADES ESTÉTICAS, ITSEE, C.A. En consecuencia: a) Se CONFIRMA la sentencia recurrida, respecto de las unidades tributarias establecidas por el Juzgador a quo con motivo del ilícito relativo a la “emisión de facturas sin cumplir con los lineamientos establecidos en la ley”; y b) se REVOCA el fallo apelado en lo referente a “la aplicación de las multas acogiendo el valor de la unidad Tributaria para el momento de la comisión de la infracción y; por aplicación del artículo 94 del Código Orgánico Tributario, el valor de la unidad tributaria para el momento del pago, entendiendo por este ultimo la fecha en que la Administración Tributaria notificó la Resolución con la cual se imponen dichas multas”.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesUnidad Tributaria

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