Sentencia N° 431 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de mayo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00431, Exp. 2023-0059, 18/05/2023
Expediente2023-0059
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-05-18
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente el desistimiento tácito de la apelación ejercida por la sociedad mercantil Bingo del Caribe, C.A. contra la sentencia definitiva PJ602012000079, dictada el 13 de marzo de 2013. Se establece que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación dentro del lapso establecido, pero se considera que la paralización del proceso vulneró el derecho a la defensa de la contribuyente. La Sala ordena reponer la causa al estado de que se aplique el procedimiento de segunda instancia una vez se notifique la sentencia.

Extracto de la motiva

El citado artículo establece la carga procesal para la parte apelante de presentar, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de comparecencia de la parte apelante el desistimiento tácito de la apelación. En este sentido, esta Máxima Instancia pudo verificar en la causa que se examina -tal y como quedó expuesto supra-, que según el cómputo de la Secretaría de esta Sala efectuado el 16 de marzo de 2023, venció el lapso del cual disponía la contribuyente para cumplir con la obligación de consignar el escrito en el que fundamentase su apelación, sin que el mismo fuera consignado a los autos. Así, quedó demostrado que desde que se dio cuenta en Sala del recibo del expediente, exclusive, hasta el día en que venció el lapso establecido en el auto del 16 de febrero de 2023, inclusive, transcurrieron “(…) cinco (5) días continuos en razón del término de la distancia correspondientes a los días: 17, 18, 19, 20 y 21 de febrero, y diez (10) días de despacho a saber: 22, 23, 28 de febrero de 2023 y 1°, 2, 7, 8, 9, 14 y 15 de marzo de 2023 (…)”, sin que la representación judicial de la empresa recurrente presentase su escrito de fundamentación de la apelación. Sobre la base de las consideraciones anteriores, esta Sala debería declarar, en principio, el desistimiento tácito de la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil recurrente, contra la sentencia definitiva identificada con las letras y números PJ602012000079, dictada en fecha 13 de marzo de 2013, por el Tribunal de mérito.

Dispositiva

1.- IMPROCEDENTE el desistimiento tácito de la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil BINGO DEL CARIBE, C.A., contra la sentencia definitiva alfanumérica PJ602012000079, dictada en fecha 13 de marzo de 2013. 2.- Se REPONE la causa al estado de que, una vez conste en autos la última de las notificaciones de esta sentencia, se aplique el procedimiento de segunda instancia previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Palabras clave

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