Sentencia N° 43 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de febrero de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00043, Exp. 2006-1340, 05/02/2015
Expediente2006-1340
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-02-04
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de comparecencia del recurrente a la Audiencia de Juicio fijada para el 4 de diciembre de 2014. Se constató que el demandante no asistió a dicha audiencia, lo que llevó a la Sala a declarar el desistimiento del procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala Político Administrativa Accidental emitir un pronunciamiento en relación con la falta de comparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Juicio fijada para el día 4 de diciembre de 2014 y, asimismo, responder a las solicitudes de la representación de la República y del Ministerio Público, quienes pidieron declarar desistido el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. A tal efecto, la Sala observa: El artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, establece que el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma dispone como consecuencia jurídica de la no asistencia de la parte recurrente a la referida audiencia, el desistimiento del procedimiento. En el caso de autos, advierte la Sala que el 19 de noviembre de 2014 se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el “día 04.12.2014 a las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.)”, y que llegada la oportunidad para el cumplimiento del acto señalado la parte recurrente no compareció, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente según auto de Secretaría del 4 de diciembre de 2014. Sobre la base de lo expuesto y visto que la parte actora no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Dispositiva

En atención a las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la Resolución N° 2005- 238 de fecha 17 de enero de 2006, dictada por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoaudienciaprocedimientojurisdiccióncontenciosoadministrativa

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