Sentencia N° 429 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de abril de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00429, Exp. 2012-0761, 22/04/2015
Expediente2012-0761
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-04-21
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por C.A. Cervecería Regional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la interpretación del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en relación con el derecho a deducir impuestos pagados en otros municipios por actividades industriales. La Sala confirmó que la contribuyente no probó adecuadamente su derecho a la deducción, lo que llevó a la confirmación de la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, al examinar las objeciones formuladas por la apoderada judicial de C.A. Cervecería Regional, determinó que la controversia se centraba en si el Tribunal a quo incurrió en el vicio de contradicción al declarar que la contribuyente tiene derecho a acreditar el pago del impuesto sobre actividades económicas en otro municipio, mientras que también se ordenaba el pago de impuestos basados en la liquidación de la Administración Tributaria. La Sala destacó que la contribuyente no presentó pruebas suficientes para demostrar su derecho a la deducción de impuestos, lo que llevó a la decisión de confirmar la sentencia apelada. Se enfatizó que la carga probatoria recae sobre el contribuyente y que la falta de documentación contable adecuada impidió el reconocimiento de su derecho a deducir los impuestos pagados en otros municipios.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes en fecha 16 de diciembre de 2011, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra el Oficio de fecha 22 de marzo de 2011, dictado por la Superintendencia del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SAMAT) adscrito a la Dirección de Hacienda Pública de la Alcaldía del MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO MÉRIDA. 2.- Se CONFIRMA el fallo apelado en los términos expuestos en la presente decisión. 3.- FIRME por no haber sido objeto del recurso de apelación el pronunciamiento realizado por la juzgadora de instancia atinente al derecho que tiene la contribuyente de acreditar lo pagado en el Municipio donde ejerce la industria para el pago del impuesto sobre actividades económicas en el Municipio donde desarrolla el comercio. 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuestoDeducciónC.A. Cervecería RegionalMunicipio Alberto Adriani

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