Sentencia N° 424 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de abril de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00424, Exp. 2015-0546, 11/04/2018
Expediente2015-0546
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-04-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Kabello Manía, C.A. contra la Resolución del Fisco Nacional que impuso sanciones tributarias. Se establece que la acción para imponer dichas sanciones se encontraba prescrita, por lo que se anulan los actos administrativos impugnados. La decisión resalta la importancia de la prescripción en materia tributaria y la inactividad del órgano exactor que llevó a la extinción de la obligación tributaria.

Extracto de la motiva

“(...) de acuerdo a pacífica y reiterada jurisprudencia de esta Sala, el vicio de suposición falsa en las decisiones judiciales se configura, por una parte, cuando el Juez, al dictar un determinado fallo, fundamenta su decisión en hechos inexistentes, falsos o que no guardan la debida vinculación con el o los asuntos objeto de decisión, verificándose de esta forma el denominado falso supuesto de hecho. Por otro lado, cuando los hechos que sirven de fundamento a la decisión existen, se corresponden con lo acontecido y son verdaderos, pero el órgano jurisdiccional al emitir su pronunciamiento los subsume en una norma errónea o inexistente en el derecho positivo, o incurre en una errada interpretación de las disposiciones aplicadas, se materializa el falso supuesto de derecho (...)”. De esta forma, circunscribiendo el análisis al caso de autos, corresponde a este Alto Tribunal verificar si -conforme lo sostiene la representación en juicio de la República- la sentencia impugnada incurrió en los antes señalados vicios, siendo que el Tribunal de mérito mediante sentencia definitiva Núm. 003/2015 de fecha 19 de enero de 2015, declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la referida empresa, con fundamento en que la acción para imponer las sanciones de multa se encontraba prescrita. En tal sentido, el sentenciador de instancia declaró la nulidad de la Resolución Núm. SNAT/GGSJ/DRAAT/2012-0704 del 31 de agosto de 2012 (notificada el 26 de febrero de 2013), dictada por la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 14 de noviembre de 2005 y confirmó la Resolución “Sumario Administrativo” Núm. RCA-DSA-2005-000416 del 5 de octubre de 2005, suscrita por el Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del mencionado servicio autónomo, que estableció la obligación de pagar un total de ciento noventa y tres mil setecientos veinticinco bolívares (Bs. 193.725,00), por concepto de sanciones pecuniarias aplicadas por incumplimiento de deberes formales en materia impuesto al valor agregado para los períodos impositivos comprendidos entre los meses de enero de 2002 y octubre de 2003, ambos inclusive.

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil Kabello Manía, C.A. contra la Resolución Núm. SNAT/GGSJ/DRAAT/2012-0704 del 31 de agosto de 2012, que se ANULA al encontrarse prescrita la acción para imponer sanciones tributarias.

Palabras clave

prescripciónsanciones tributariasrecurso contenciosoFisco NacionalKabello Manía, C.A.

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