La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de Banco Exterior C.A. por la denegatoria tácita de su solicitud de reintegro de impuesto a las transacciones financieras. La decisión se fundamenta en la falta de respuesta del Fisco Nacional dentro del plazo establecido por la ley, lo que generó el silencio administrativo a favor del contribuyente.
Extracto de la motiva
Ciertamente la presentación de los antecedentes administrativos, constituye el cumplimiento de la carga probatoria que le corresponde a la Administración Tributaria, considerándose que ante su incumplimiento se hacen operativas a favor del solicitante de la exhibición, las presunciones señaladas o los alegatos esgrimidos. Al respecto, la sostiene el autor FRAGA PITTALUGA; ha señalado: Visto que no consta en autos el expediente administrativo que es la base de la solicitud de reintegro interpuesta por la recurrente, este Tribunal se encuentra imposibilitado para revisar la legalidad del acto, por lo que resulta insoslayable para quien decide considerar como ciertos los alegatos y en consecuencia declararlos procedente, en vista de que la representación del fisco no consignó el expediente administrativo donde consta dicho actos y en consecuencia se declara la nulidad del acto administrativo. Así se declara. En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente BANCO EXTERIOR, C.A., BANCO UNIVERSAL en virtud de la denegatoria tacita por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la solicitud de reintegro de Impuesto a las Transacciones Financieras presentada por la contribuyente supra mencionada en fecha 07 de enero de 2008 por ante la Superintendencia del SENIAT, por la cantidad de Bs.F 356.866,77.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representante en juicio del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva N° 2256 de fecha 25 de septiembre de 2019, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la compañía anónima; en consecuencia, se CONFIRMA la sentencia de instancia.
Palabras clave
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