Sentencia N° 422 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de mayo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00422, Exp. 2002-0406, 05/05/2004
Expediente2002-0406
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-05-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad MINERA LAS CRISTINAS, C.A. contra una resolución del Ministerio de Energía y Minas que reasumía derechos sobre concesiones mineras. La Sala Político-Administrativa, tras analizar el caso, decidió remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para su admisión, considerando el desistimiento de la parte actora respecto a la solicitud cautelar. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar una tutela judicial efectiva y en los lineamientos establecidos en sentencias anteriores.

Extracto de la motiva

La Sala observa: Se interpuso en el presente caso, recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, en tal virtud, se designó ponente a quien suscribe, a los fines de decidir sobre la admisibilidad del recurso de nulidad y la acción de amparo. Ahora bien, tal designación atendió a los lineamientos trazados por la sentencia N° 402, de fecha 20 de marzo de 2001, caso: Marvin Enrique Sierra, donde esta Sala Político-Administrativa, luego de concluir en la necesidad de reforzar la idea de una tutela judicial efectiva, consideró de obligada revisión el trámite que se le había venido dando a la acción de amparo ejercida de forma conjunta. En el citado fallo se estableció, que el carácter accesorio e instrumental propio del amparo ejercido de manera conjunta, hacía posible asumirlo en idénticos términos que una medida cautelar, y en tal virtud, desaplicó el trámite previsto en los artículos 23, 24 y 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así, acordó, que una vez admitida la causa principal por la Sala, debe emitirse, al mismo tiempo, un pronunciamiento sobre la providencia cautelar de amparo solicitada con prescindencia de cualquier otro aspecto. Finalmente dispuso, que en caso de ser acordada la medida, se abrirá cuaderno separado con el objeto de tramitar la oposición respectiva, remitiéndose éste seguidamente al Juzgado de Sustanciación conjuntamente con la pieza principal contentiva del recurso de nulidad, a fin de que se continúe la tramitación correspondiente.

Dispositiva

ORDENA: Remitir junto con oficio al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, el presente expediente contentivo del recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad de comercio MINERA LAS CRISTINAS, C.A. (MINCA), contra el acto administrativo contenido en la RESOLUCIÓN Nº 035, de fecha 06 de marzo de 2002, dictada por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, a los fines de su admisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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