DecisiónConcluido el procedimiento de remisión tributaria
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara concluido el procedimiento de remisión tributaria solicitado por la sociedad mercantil Tanqueray Gordon & Company Limited. La decisión se basa en que la contribuyente manifestó su voluntad de acogerse a los beneficios de la Ley de Remisión Tributaria de 1996 y se cumplió con el procedimiento establecido para la emisión del finiquito correspondiente. Se ordena el envío del expediente al tribunal de origen para su archivo definitivo.
Extracto de la motiva
Vistos los términos en que fue dictado el fallo N° 00796 del 09 de julio de 2008, mediante el cual la Sala declaró por una parte, el decaimiento del recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil Tanqueray Gordon & Company Limited, de conformidad con el criterio jurisprudencial sentado en la decisión N° 371 del 27/03/08, caso: Cartón de Venezuela C.A., en virtud de haber manifestado ésta su voluntad de acogerse al beneficio establecido en la Ley de Remisión Tributaria de 1996, y concedió, por otra, un lapso perentorio de treinta (30) días de despacho para que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con la participación de la Contraloría General de la República, realizara de forma inmediata los actos tendentes a la emisión del finiquito de ley correspondiente en el presente caso, pasa la Sala a decidir con fundamento en los siguientes razonamientos: Consta en autos, que en fecha 13 de agosto de 1996 la sociedad mercantil Tanqueray Gordon & Company Limited, manifestó su voluntad de acogerse al beneficio concedido por la Ley de Remisión Tributaria de 1996, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 35.945 de fecha 24 de abril de 1996; en este sentido, una vez advertido el referido pedimento, la Sala actuando de conformidad con el procedimiento descrito en el citado texto normativo, procedió a suspender la causa y a requerir de las autoridades competentes, la consignación en el expediente tanto de la opinión de la Contraloría General de la República respecto de la procedencia o no del aludido beneficio, como el correspondiente finiquito que debía emitir el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en el referido caso.
Dispositiva
Por las razones que preceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO DE REMISIÓN TRIBUTARIA, sustanciado en ocasión de la solicitud formulada por la sociedad mercantil TANQUERAY GORDON & COMPANY LIMITED, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Remisión Tributaria de 1996. En consecuencia, se ordena el envío del expediente al tribunal de origen para su archivo definitivo. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
remisión tributariaTanqueray Gordon & Company LimitedSENIAT