Sentencia N° 418 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de abril de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00418, Exp. 2002-0037, 09/04/2008
Expediente2002-0037
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-04-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda de indemnización de daños materiales y morales presentada por la sociedad mercantil VENE AMERICAN SUPPLY COMPAÑÍA ANÓNIMA, C.A. contra C.V.G. BAUXILUM, C.A. La decisión se fundamenta en la falta de pruebas que demuestren la exclusión de la demandante del registro de proveedores y la inexistencia de daños efectivamente causados por dicha exclusión. Se concluye que la actora no cumplió con la carga de probar la ocurrencia del hecho denunciado como lesivo, lo que lleva a desestimar las pretensiones de la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la representación judicial de la demandante solicitó la indemnización de daños tanto materiales como morales con fundamento en la circunstancia de que supuestamente se le excluyó del registro de proveedores del sector aluminio, lo cual le impidió participar en los procesos licitatorios que habría llevado a cabo la demandada. Sin embargo, se evidencia que la referida comunicación corre inserta en copia simple a los folios 68 al 69 de la primera pieza del expediente, la cual se acoge con todo el valor probatorio que de ésta resulte, por no haber sido impugnada ni desconocida, a tenor de lo establecido en los artículos 429 y 444 del Código de Procedimiento Civil. Dicha comunicación, además de anexar un recuadro con el nombre de las empresas que supuestamente habrían incurrido en posibles irregularidades que debían ser investigadas y entre las cuales se menciona a la sociedad mercantil demandante, dispuso textualmente lo siguiente: “PARA: Consultoría Jurídica. DE: Gerencia de Compras ASUNTO: Solicitud de Pronunciamiento para Desincorporación de Proveedores. Ref: GC-014/2001 FECHA: 16 de Marzo de 2001. Anexo se remite Tabla resumen de Empresas que han incurrido en hechos que ameritan acciones por parte de Empresa (sic), tales hechos están expresados en cada uno de los informes indicados en la tabla referida, donde se expresa como Recomendación de Protección Industrial (Excepto el caso STMEYS) la exclusión del Proveedor de la(s) Empresa(s) del sector. La Gerencia de Compras tomó la Acción de Blanquear el Sistema SAP (Ver última columna) a los efectos de que estos Proveedores no participen en los Procesos de compras, sin embargo, debe notificarse una decisión por lo que es necesario concretar un tiempo de suspensión (determinado o indefinido), lo cual está sujeto al análisis y pronunciamiento definitivo que la Consultoría Jurídica emita al respecto, para considerar el aspecto legal de cada caso. Sobre la base de lo expuesto se agradece su pronunciamiento para formalizar la acción definitiva que cada caso amerita. Atentamente, Omar Escobar Gerente…

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños materiales y morales intentada por la sociedad mercantil VENE AMERICAN SUPPLY COMPAÑÍA ANÓNIMA, C.A., contra la sociedad mercantil C.V.G. BAUXILUM, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca